domingo, 30 de septiembre de 2012

“Justicia transicional"

Posibilidad de aplicar "justicia transicional" en el modelo político de Hobbes
Justicia transicional es ese proceso de justicia, reparaciones, de buscar la verdad en una determinada sociedad que está en un periodo de tránsito de un estado de represión, violencia y autoritarismo a uno democrático o por lo menos con nuevas perspectivas políticas. Esta justicia transicional dentro de este proceso viene a ser como el modo de cómo se afrontan los hechos violentos pasados y cómo se proyecta una solución a futuro y los medios y herramientas que se utilizan para dicho objetivo viendo que se respeten los derechos de los ciudadanos.
Ahora bien esa noción de justicia transicional podría aplicarse al modelo político de Hobbes en el sentido de que este plantea la idea de que el estado, el Leviatán está instaurado para que vele por el desarrollo de los ciudadanos y le asegure un espacio de paz en el que pueda desenvolverse libremente. Para que garantice a sus súbditos la igualdad ante la ley y cargos públicos, la preservación de la vida ante los peligros y buscando que se respeten sus derechos. Justamente ello es, entre otras cosas, lo que se persigue con la justicia transicional: asegurar los derechos, la justica y la paz, proteger a los ciudadanos en un proceso a la democratización.
Viéndolo desde esta perspectiva se puede aplicar la justicia transicional al modelo hobbsiano. Sin embargo el impedimento para ello es que en el modelo de Hobbes el vínculo que une al estado con el ciudadano es un contrato el cual obliga al ciudadano respecto al estado, pero no a la inversa. Es decir que si el Leviatán cometió una injustica no tiene la obligación de hacer reparaciones a su súbdito ya que este último va a estar sometido al anterior aunque aquél sea injusto y dictatorial. En este caso lo que le queda al súbdito es sólo la necesidad de proteger su vida y, por lo mismo no puede enfrentarse al estado, no puede reclamarle nada bajo ninguna circunstancia, en todo caso tendría que huir para salvar su vida que es el derecho fundamental que posee.
Además habría de tener en cuenta que el modelo político de Hobbes no es netamente un modelo democrático y la justicia transicional solo sería posible dentro de un régimen así o con miras a ello. En último término podría aplicarse justicia transicional, si fuera necesario, en el proceso de traspaso de dicho modelo, casi monárquico, al democrático actual.
Viendo, pues, estas limitaciones del modelo de Hobbes, pienso que no sería posible aplicar justicia transicional aunque esta busque la igualdad, la justicia, la libertad y la paz que también propone dicho autor.

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